A partir del
acto legislativo 02 del 17 de Julio de 2018, Tumaco es para efectos
administrativos un Distrito especial. ¿Qué significa eso?
Según
Wikipedia, el término distrito es usado en Colombia para definir a las
entidades territoriales de segundo nivel (municipios) dotadas de un régimen
legal, político, fiscal y administrativo independiente, con características
especiales que las destaca o diferencia de las demás en cuanto a su economía,
sus recursos, su cultura o su papel administrativo y geográfico….hay que estudiar sobre ese tema, entender que opciones comunitarias hay en esta nueva figura administrativa.
"….La ley de
distritos no garantiza recursos de ningún tipo, sin embargo, con esa categoría
se vuelve prioritario que se giren fondos especiales para el desarrollo de
proyectos…".😒
ACTO LEGISLATIVO 02 DE 2018
(Julio 17)
POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 328 Y 356 DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1. El inciso número 12 del artículo 356 de la
Constitución Política quedará así:
Las ciudades de Buenaventura y Tumaco se
organizan como Distritos Especiales, Industriales, Portuarios, Biodiversos y
Ecoturísticos. Su régimen político, fiscal y administrativo será el que
determine la Constitución y las leyes especiales, que para el efecto se dicten,
y en Jo no dispuesto en ellas, las normas vigentes para los municipios.
ARTÍCULO 2. El artículo 328 de la Constitución
Política quedará así:
ARTÍCULO 328. El Distrito Turístico y Cultural de
Cartagena de Indias, el Distrito Turístico, Cultural e histórico de Santa Marta
y Barranquilla conservarán su régimen y carácter, y se organiza a Buenaventura
y Tumaco como Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y
Ecoturístico.
ARTÍCULO 3. Este acto legislativo rige a partir de su
promulgación.
EL
PRESIDENTE DEL H. SENADO DE LA REPUBLICA
EFRAIN JOSE
CEPEDA SARABIA
EL
SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
GREGORIO
ELJACH PACHECO
LA PRESIDENTA (E) DE LA H. CÁMARA DE
REPRESENTANTES
LINA MARIA
BARRERA RUEDA
EL
SECRETARIO GENERAL DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES
JORGE
HUMBERTO MANTILLA SERRANO